El Artículo del Procedimiento Administrativo que OBLIGA a los colegios a recoger el PIN PARENTAL (Artículo 20 de la Ley 39/2015):«Los titulares de las unidades administrativas y el personal al servicio de las AA.PP serán responsables directos de la tramitación de los asuntos cuya resolución o despacho tuviesen a su cargo, pudiendo el interesado solicitar la exigencia de esa responabilidad a la Administración Pública de que dependa el personal afectado» (Cfr.Art. 20 ,Ley 39/2015, de 1 de octubre).En cuanto a la responsabilidad de tramitación del procedimiento administrativo, el Art. 21 ,Ley 39/2015, de 1 de octubre señala que «los titulares de las unidades administrativas y el personal al servicio de las Administraciones Públicas que tuviesen a…